Ayuntamiento de Candeleda - Organización

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Delegación de atribuciones del Pleno en la Comisión de Gobierno

Con el fin de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal, esta Alcaldía, en uso de las facultades que confiere al Ayuntamiento el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegaciones de materias, cuya competencia atribuye la Ley al Pleno, a favor de la Comisión de Gobierno.

Considerando que el Pleno del Ayuntamiento puede delegar a favor de la Comisión de Gobierno el ejercicio de sus competencias, siempre y cuando no se encuentren dentro de los supuestos previstos por el ya citado artículo 23.2.b) de la Ley de Bases, se propone al Pleno de la Corporación la adopción de los siguientes acuerdos:

PRIMERO.- Delegar en la Comisión de Gobierno el ejercicio de las competencias contenidas en la Ley 7/85, de Bases del Régimen Local, que se relacionan en el artículo 22.2, letras:

1.- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materia de competencias plenaria.

2.- La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.

3.- La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto (salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior) todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

4.- Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto y en cualquier caso, los 1.000.000.000 de pesetas (60.000 euros), así como los contratos y concesiones plurianuales cuando su duración sea superior a cuatro años y los plurianuales de menor duración cuando el importe acumulado de todas sus anualidades supere el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto del primer ejercicio y, en todo caso, cuando sea superior a la cuantía señalada en esta letra.

5.- La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los Presupuestos.

6.- La adquisición de bienes y derechos cuando su valor supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto y, en todo caso, cuando sea superior a 500.000.000 pesetas (3.000.000 euros), así como las enajenaciones patrimoniales en los siguientes supuestos:

a) Cuando se trate de bienes inmuebles o de bienes muebles que estén declarados de valor histórico o artístico, y no estén previstas en el Presupuesto.

b) Cuando estando previstas en el Presupuesto, superen los mismos porcentajes y cuantías indicados para las adquisiciones de bienes.

SEGUNDO.- Las atribuciones delegadas se ejercerán por la Comisión de Gobierno en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas en ningún otro órgano.

TERCERO.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 51.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales estas delegaciones tendrán efectos desde el día siguiente a la adopción de este acuerdo, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación por el Pleno.

Comisiones Informativas

Periodicidad de las Sesiones de la Junta de Gobierno Local con carácter ordinario:

Semanalmente los jueves no festivos, a las 19:00 h.

Acuerdo de Pleno de 27 de junio de 2003, por el que se establecen las competencias de las Comisiones Informativas.

El Sr. Alcalde da la palabra al Sr. Secretario para que lea la propuesta que dice:

"PROPUESTA DE CREACIÓN Y COMPOSICIÓN DE COMISIONES INFORMATIVAS":

Esta Alcaldía de conformidad con los artículos 123 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, propone al Pleno del Ayuntamiento la creación de las siguientes Comisiones Informativas con las competencias que se indican:

Comisión de Hacienda, especial de Cuentas y Réminen interior
Organización administrativa
Presupuesto municipal
Gestión del patrimonio (arrendamientos, subastas, etc.)
Contratación y administración de obras municipales
Adquisición de bienes y útiles de mantenimiento
Aprobación de facturas
Gestión de personal y relaciones laborales
Comisión Especial de Cuentas

Comisión de Fomento y Urbanismo
Fondo de Cooperación Local y Planes Provinciales
Ejecución de obras municipales
Licencias de obras y disciplina urbanística
Licencias de apertura de establecimiento
Normas Urbanísticas Municipales
Estación de autobuses

Comisión de Montes, Medio Ambiente y Turismo
Reserva Nacional de Gredos
Electrificación rural
Cauces y caminos
Abastecimiento y tratamiento de aguas potables
Depuración de aguas residuales
Mejora de redes y depuradoras
Cementerio municipal
Alumbrado público
Parques y jardines
Mancomunidad del Bajo Tiétar
Limpieza viaria
Instalaciones municipales de fomento del turismo (camping, campo de golf, etc.)
Iniciativas en materia de turismo
Punto Limpio

Comisión de Agricultura y Ganadería
Gestión de la ganadería
Desarrollo de la agricultura
Producciones vegetales y animales
Mejora y asesoramiento industria agroalimentaria
Cultivos alternativos

Comisión de Juventud y Deportes
Centro de información juvenil
Alternativas de ocio de la juventud
Asociacionismo juvenil.
Ayudas y subvenciones para la juventud y el deporte
Instalaciones deportivas
Fomento de la práctica del deporte de base

Comisión de la Mujer, Sanidad y Bienestar Social
Integración de la mujer en el mundo laboral
Igualdad de oportunidades
Cuidado de hijos
Lucha contra la violencia de género
Sanidad
Relaciones con el INSERSO, INSS, etc
Protección Civil, Cruz Roja, donantes, etc.
Residencias para personas mayores
Minusválidos

Comisión de El Raso
Coordinación y seguimiento de las iniciativas, actividades y servicios en El Raso. Trámites y gestiones administrativas

Comisión de Educación, Cultura y Festejos
Relaciones con el MEC y Junta de Castilla y León (institutos, colegios públicos, guarderías, etc.)
Educación de adultos
Ayudas y subvenciones en materia de cultura
Programación de actividades culturales
Ferias y fiestas

Comisión de Seguridad Ciudadana
Comisión de Seguridad Ciudadana
Orden público.
Ordenación del Tráfico.
Relaciones con los cuerpos y fuerzas de seguridad

Las Comisiones Informativas estarán integradas por 3 concejales del PP, 2 concejales del PSOE, 1 concejal de IC y 1 concejal del CICAR, además del Sr. Alcalde.

Las funciones de estas Comisiones Informativas serán el estudio y dictamen previo de los asuntos que se sometan a la decisión del Pleno o de la Comisión de Gobierno, en este último supuesto cuando la Comisión de Gobierno actúe por delegación del Pleno, pudiendo intervenir también en relación con otros asuntos que no sean de la competencia del Pleno de la Corporación cuando el órgano competente les solicite su dictamen.

Los diferentes Grupos Políticos Municipales deberán designar sus representantes en cada Comisión, notificándolo por escrito al Secretario del Ayuntamiento en el plazo de una semana a contar desde la adopción del presente acuerdo.

Nombramiento de Representantes

NOMBRAMIENTOS DE REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN ÓRGANOS COLEGIADOS

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Corporación en Órganos Colegiados
D. VICENTE HERNÁNDEZ VAQUERO
Representante en el Colegio Público "Almanzor".
D. JOSÉ MARÍA ROSILLO FRAILE
Representante en el Colegio Público " La Vetonia", en El Raso.
D. JESÚS JIMÉNEZ GRANDE
Representante en el I.E.S. "Candavera".
D. FELICIANO MORCUENDE NIETO, D. JOSÉ MARÍA ROSILLO FRAILE, y D. JESÚS JIMÉNEZ GRANDE
Representantes en la Mancomunidad de Municipios del Bajo Tiétar.
D. JESÚS JIMÉNEZ GRANDE
Consejero General de la Asamblea General de la Caja de Ahorros de Ávila.